Page 57 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
P. 57

C.14. Transitar por los siguientes sitios restringidos o en horas
          prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será

          inmovilizado:
          a) Por la zona de seguridad y protección de la vía férrea;

          b) Por los andenes o aceras o puentes de uso exclusivo para los
          peatones;

          c) Las motocicletas y los motociclos, por las ciclorrutas o ciclovías;
          d) Sobre las aceras y zonas de seguridad, salvo en el caso de

          entrada a garajes o sitios de estacionamiento;

          e) Durante los días y horas prohibidas por la autoridad competente.
   52   53   54   55   56   57   58   59   60   61   62