Page 125 - PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL - CEA EL SOL
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POLITICA DE REGULACION DE LA VELOCIDAD
De acuerdo Resolución 1565:
La empresa debe promover y establecer políticas de aplicación
de los límites de velocidad de los vehículos que prestan el
servicio a la entidad, organización o empresa, propios o
tercerizados, a propósito de lo definido en la legislación, teniendo
en cuenta lo definido para las zonas rurales, urbanas y la
definición de la velocidad en las rutas internas.
Política sugerida:
Los empleados y/o contratistas que realicen labores de
conducción para la empresa XXXXXXXXXX deberán respetar y
acatar los límites de velocidad de sus vehículos de la siguiente
manera:
• Carreteras nacionales y departamentales: 80 km/h.
• Carreteras urbanas: 60 km/h.
• Vías rurales, residenciales o escolares: 30 km/h
Y de acuerdo a la señalización que presenten las rutas por donde
se encuentra transitando.
El conductor deberá ajustar la velocidad a las condiciones del
viaje y de la vía