Page 125 - PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL - CEA EL SOL
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POLITICA DE REGULACION DE LA VELOCIDAD


          De acuerdo Resolución 1565:

          La empresa debe promover y  establecer  políticas  de  aplicación
          de  los  límites  de  velocidad  de  los  vehículos  que  prestan  el

          servicio  a  la  entidad,  organización  o  empresa,  propios  o

          tercerizados, a propósito de lo definido en la legislación, teniendo
          en  cuenta  lo  definido  para  las  zonas  rurales,  urbanas  y  la

          definición de la velocidad en las rutas internas.

          Política sugerida:

          Los  empleados  y/o  contratistas  que  realicen  labores  de
          conducción para la empresa XXXXXXXXXX deberán respetar  y

          acatar los límites de velocidad de sus vehículos de la siguiente

          manera:

          • Carreteras nacionales y departamentales: 80 km/h.

          • Carreteras urbanas: 60 km/h.

          • Vías rurales, residenciales o escolares: 30 km/h

          Y de acuerdo a la señalización que presenten las rutas por donde

          se encuentra transitando.
          El  conductor  deberá ajustar  la  velocidad  a  las  condiciones  del

          viaje y de la vía
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