Page 44 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
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C.04. Estacionar un vehículo sin tomar las siguientes precauciones:
          a)  En  vías  urbanas  donde  está permitido  el  estacionamiento,  no
          realizarse  lo  más  cercano  posible  al  andén  o  al  límite  lateral  de  la

          calzada, esto es no menos de treinta (30) centímetros del andén y a una
          distancia mínima de cinco (5) metros de intersección;

          b) En autopistas y zonas rurales, estacionarse dentro de la vía cuando se
          cuenta con espacios para estacionar por fuera de esta;

          c) No colocar las señales reflectivas de peligro si es de día o las luces de
          estacionamiento y señales luminosas de peligro si es de noche;
          d) En caso de reparaciones en vía pública, en los perímetros rurales, no

          colocar  las  señales  de  peligro  a  distancia  entre  cincuenta  (50)  y  cien
          (100) metros adelante y atrás del vehículo;

          e) En las zonas de estacionamiento prohibido, permanecer por un tiempo
          superior a 30 minutos, tiempo necesario para su remolque.
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