Page 44 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
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C.04. Estacionar un vehículo sin tomar las siguientes precauciones:
a) En vías urbanas donde está permitido el estacionamiento, no
realizarse lo más cercano posible al andén o al límite lateral de la
calzada, esto es no menos de treinta (30) centímetros del andén y a una
distancia mínima de cinco (5) metros de intersección;
b) En autopistas y zonas rurales, estacionarse dentro de la vía cuando se
cuenta con espacios para estacionar por fuera de esta;
c) No colocar las señales reflectivas de peligro si es de día o las luces de
estacionamiento y señales luminosas de peligro si es de noche;
d) En caso de reparaciones en vía pública, en los perímetros rurales, no
colocar las señales de peligro a distancia entre cincuenta (50) y cien
(100) metros adelante y atrás del vehículo;
e) En las zonas de estacionamiento prohibido, permanecer por un tiempo
superior a 30 minutos, tiempo necesario para su remolque.

