Page 47 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
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C.07. Dejar de señalizar:


          a)  Con  las  luces  direccionales  la  maniobra  de

          giro o de cambio de carril;


          b) Mediante señales manuales, solo en caso de


          emergencia, y ante la imposibilidad de utilizar las

          señales direccionales, para cruzar a la izquierda


          o cambio de carril, para lo cual sacará el brazo

          izquierdo y lo extenderá horizontalmente;


          c) Mediante señales manuales, solo en caso de


          emergencia, y ante la imposibilidad de utilizar las

          señales  direccionales  para  indicar  cruce  a  la


          derecha, cambio de carril, para lo cual sacará el

          brazo izquierdo formando escuadra con la mano


          hacia arriba;


          d) Mediante señales manuales, solo en caso de

          emergencia, y ante la imposibilidad de utilizar las


          señales  direccionales  para  indicar  reducción  de

          velocidad o detención del ve­hículo, para lo cual


          sacará el  brazo  izquierdo  formando  escuadra


          con la mano hacia abajo;
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