Page 95 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
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D.07. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas,
siempre y cuando la maniobra viole las normas de tránsito que
pongan en peligro a las personas o las cosas y que constituyan
conductas dolosas o altamente imprudentes. En el caso de
motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se
pague el valor de la multa o la autoridad competente decida
sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del
Código Nacional de Tránsito.

