Page 160 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
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RESUELVE:
                  ART. 1º—Codificación                   de       las      infracciones            de
                  tránsito. Los  siguientes  son  los  códigos  asignados  a  las

                  conductas  que  constituyen  infracciones  a  las  normas  de
                  tránsito, de acuerdo al monto de la multa impuesta:


                  A. Infracciones  en  las  que  incurre  el  conductor  de  un

                  vehículo  no  automotor  o  de  tracción  animal  que  dan
                  lugar  a  la  imposición  de  cuatro  (4)  salarios  mínimos
                  legales diarios vigentes:


                  A.01. No transitar por la derecha de la vía.

                  A.02. Agarrarse de otro vehículo en movimiento.


                  A.03.  Transportar  personas  o  cosas  que  disminuyan  su
                  visibilidad e incomoden la conducción.

                  A.04.  Transitar  por  andenes,  aceras,  puentes  o  demás

                  lugares de uso exclusivo para el tránsito de peatones.

                  A.05. No respetar las señales de tránsito.

                  A.06. Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos.


                  A.07.  Transitar  sin  dispositivos  que  permitan  la  parada
                  inmediata o con ellos, pero en estado defectuoso.


                  A.08. Transitar por zonas prohibidas o, por aquellas vías en
                  donde las autoridades competentes lo prohíban o, conducir
                  por  vías  diferentes  a  aquellas  especialmente  diseñadas

                  para ello cuando las hubiere.

                  A.09.  Adelantar  entre  dos  (2)  vehículos  automotores  que
                  estén en sus respectivos carriles.


                  A.10. Conducir por la vía férrea o por zonas de protección y
                  seguridad.


                  A.11.  Transitar  por  zonas  restringidas  o  por  vías  de  alta
                  velocidad  como  autopistas  y  arterias,  en  este  caso  el
                  vehículo no automotor será inmovilizado.
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