Page 165 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
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f) En carriles dedicados al transporte masivo sin
autorización;
g) A una distancia mayor de treinta (30) centímetros de la
acera o mayor a cinco (5) metros de la intersección;
h) En doble fila de vehículos estacionados, o frente a
hidrantes y entradas de garajes;
i) En curvas;
j) Donde interfiera con la salida de vehículos estacionados;
k) Donde las autoridades de tránsito lo prohíban;
l) En zona de seguridad y de protección de la vía férrea, en
la vía principal, vías secundarias, apartaderos, estaciones y
anexidades férreas;
m) En los lugares de comercio u obras de construcción de
los perímetros urbanos con el objeto de cargar o descargar,
fuera de las zonas y horarios determinados para tal fin.
C.03. Bloquear una calzada o intersección con un vehículo,
salvo cuando el bloqueo obedezca a la ocurrencia de un
accidente de tránsito.
C.04. Estacionar un vehículo sin tomar las siguientes
precauciones:
a) En vías urbanas donde está permitido el
estacionamiento, no realizarse lo más cercano posible al
andén o al límite lateral de la calzada, esto es no menos de
treinta (30) centímetros del andén y a una distancia mínima
de cinco (5) metros de intersección;
b) En autopistas y zonas rurales, estacionarse dentro de la
vía cuando se cuenta con espacios para estacionar por
fuera de esta;
c) No colocar las señales reflectivas de peligro si es de día
o las luces de estacionamiento y señales luminosas de
peligro si es de noche;

