Page 168 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
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a) Un gato con capacidad para elevar el vehículo;
b) Una cruceta;
c) Dos señales de carretera en forma de triángulo en
material reflectivo y provistas de soportes para ser
colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz
amarilla intermitentes o de destello;
d) Un botiquín de primeros auxilios;
e) Un extintor;
f) Dos tacos para bloquear el vehículo;
g) Caja de herramienta básica que como mínimo deberá
contener: Alicate, destornilladores, llave de expansión y
llaves fijas;
h) Llanta de repuesto;
i) Linterna.
C.12. Proveer de combustible un vehículo automotor con el
motor encendido, con pasajeros a bordo cuando el vehículo
es de servicio público de radio de acción nacional,
transporte especial y escolar o proveer de combustible un
vehículo de radio de acción metropolitano, distrital o
municipal mientras que estén prestando el servicio.
C.13. Conducir un vehículo automotor sin las adaptaciones
pertinentes, cuando el conductor padece de limitación
física.
C.14. Transitar por los siguientes sitios restringidos o en
horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el
vehículo será inmovilizado:
a) Por la zona de seguridad y protección de la vía férrea;
b) Por los andenes o aceras o puentes de uso exclusivo
para los peatones;
c) Las motocicletas y los motociclos, por las ciclorrutas o
ciclovías;

