Page 172 - INFRACCIONES AL CODIGO DE TRANSITO
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f)  No  se  podrán  transportar  objetos  que  disminuyan  la
                  visibilidad,  que  incomoden  al  conductor  o  acompañante  o
                  que ofrezcan peligro para los demás usuarios de las vías;


                  g)  Los  conductores  de  estos  tipos  de  vehículos  y  sus
                  acompañantes  deben  vestir  chalecos  o  chaquetas
                  reflectivas de identificación que deben ser visibles cuando

                  se  conduzca  entre  las  18:00  y  las  6:00  horas  del  día
                  siguiente, y siempre que la visibilidad sea escasa;

                  h)  No  deben  sujetarse  de  otro  vehículo  o  viajar  cerca  de

                  otro carruaje de mayor tamaño que lo oculte de la vista de
                  los conductores que transiten en sentido contrario;

                  i) No deben transitar sobre las aceras, lugares destinados

                  al  tránsito  de  peatones  y  por  aquellas  vías  en  donde  las
                  autoridades  competentes  lo  prohíban.  Deben  conducir  en
                  las vías públicas permitidas o, donde existan, en aquellas

                  especialmente diseñadas para ello;

                  j) Deben respetar las señales, normas de tránsito y límites
                  de velocidad;


                  k) No deben adelantar a otros vehículos por la derecha o
                  entre vehículos  que  transiten  por  sus  respectivos  carriles.
                  Siempre utilizarán el carril libre a la izquierda del vehículo a

                  sobrepasar;

                  l)  Deben  usar  las  señales  manuales  detalladas  en  este
                  código.


                  C.25. Transitar sin atender alguna de las siguientes reglas:

                  a) Cuando hubiere más de un carril, por el carril izquierdo

                  de  la  vía  a  velocidad  que  entorpezca  el  tránsito  de  los
                  demás vehículos;

                  b) En  una vía  de sentido único  de tránsito, con  velocidad

                  reglamentada  para  sus  carriles,  los  vehículos  utilizarán  el
                  carril de acuerdo con su velocidad de marcha;

                  c)  En  una  vía  de  sentido  único  de  tránsito,  donde  los

                  carriles no tengan reglamentada su velocidad, los vehículos
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